La Ley de Empleo a Tiempo Parcial (Decreto 45-2026) no solo exige que el contrato sea por escrito. También obliga al patrono a inscribirlo ante la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) dentro de plazos específicos.
Es el paso que más se olvida, porque se siente administrativo y no urgente. Pero es el que convierte un contrato firmado en un contrato con respaldo formal frente a la autoridad laboral.
¿Cuál es el plazo para registrar el contrato?
Los plazos dependen de la duración del contrato:
Contratos con duración superior a 30 días: el registro debe hacerse dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Contratos con duración inferior a 30 días: el plazo se reduce a 15 días hábiles.
En ambos casos, el conteo empieza desde la celebración del contrato o desde el inicio efectivo de la relación laboral, según corresponda.
Ojo con los días hábiles
Este detalle causa más problemas de los que parece. Los plazos son en días hábiles, no calendario. No cuentan sábados, domingos ni feriados nacionales.
Eso juega a tu favor en términos de tiempo real disponible, pero también significa que calcular "a ojo" es riesgoso. Si contratás a alguien un viernes antes de un feriado largo, el conteo se corre.
La recomendación práctica: no uses el plazo completo. Registrá el contrato en la primera semana. El plazo es un límite, no una meta.
¿Qué debe contener el contrato antes de registrarlo?
La ley exige condiciones claras en el documento. Como mínimo:
Funciones del trabajador. Descripción concreta del puesto y las tareas, no una fórmula genérica.
Salario. El monto y la periodicidad de pago, respetando la proporcionalidad respecto del salario mínimo de la rama y tamaño de empresa que te corresponda.
Jornada. Las horas semanales pactadas, que deben estar entre 18 y 32. Es conveniente detallar también la distribución de esas horas.
Mecanismos de control de horas. Cómo se va a registrar y verificar la jornada efectivamente trabajada.
El detalle completo de la modalidad está en nuestra guía de la Ley de Empleo a Tiempo Parcial.
¿Qué pasa si no registro el contrato?
Hay dos consecuencias, y la segunda es la cara.
La primera es de incumplimiento formal: no inscribir el contrato en el plazo es un incumplimiento de la obligación que impone la ley, con las consecuencias administrativas que la autoridad laboral determine.
La segunda es de fondo, y pega más fuerte: la ley establece que en ausencia de contrato escrito, la relación laboral se presume de tiempo completo. Un contrato que existe pero no está registrado te deja en una posición débil para demostrar la modalidad pactada si surge un reclamo.
En un juicio laboral, la diferencia entre demostrar 20 horas semanales y no poder demostrarlo puede significar recalcular salarios, prestaciones, décimos y liquidación sobre jornada completa por todo el período trabajado.
Procedimiento práctico
Paso 1. Redactá el contrato con todos los elementos exigidos. Si vas a contratar a varias personas bajo esta modalidad, armá una plantilla base y adaptá solo lo específico de cada caso.
Paso 2. Firmalo con el trabajador y entregale una copia. Guardá el original firmado.
Paso 3. Presentalo ante la STSS por los medios habilitados, dentro del plazo que corresponda según la duración.
Paso 4. Conservá el comprobante de la inscripción junto con el contrato. Ese comprobante es tu respaldo.
Paso 5. Cargá al trabajador en tu planilla con la jornada correcta y las cotizaciones proporcionales desde el primer período de pago.
Llevá un control interno de vencimientos
Si vas a manejar varios contratos a tiempo parcial — que es justamente el escenario para el que sirve la modalidad — necesitás un control de fechas.
Lo mínimo: una hoja o un módulo donde registres, por cada contrato, la fecha de inicio, la duración pactada, la fecha límite de inscripción y si ya se registró. Sin eso, con cinco o diez contratos empezás a perder el hilo.
Un sistema de recursos humanos que guarde los contratos laborales junto con sus fechas te evita ese seguimiento manual. Podés ver cómo funciona en el módulo de planilla y RRHH de KODDIX.
Un recordatorio sobre el salario
El salario del trabajador a tiempo parcial debe respetar la proporcionalidad respecto del salario mínimo vigente. Y ese salario mínimo cambió en 2026, con ajustes del 6% al 7.5% según el tamaño de la empresa.
Si estás armando contratos ahora, asegurate de usar la tabla actualizada. Revisá el artículo sobre el ajuste y el retroactivo del salario mínimo 2026.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Confirmá los plazos y medios de presentación vigentes directamente con la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
